Sentencia definitiva a nuestro favor. Expediente 358/2019

Estimados compañeros Jubilados, nuevamente se dirige a ustedes el Consejo Directivo Nacional de la Asociación de Jubilados de Confianza de Teléfonos de México, A.C., para comunicarles del estado procesal del juicio radicado en el juzgado 11 civil expediente 358/2019. El día 30 de noviembre del 2021 y en el que se publicó la sentencia definitiva a nuestro favor, a los autos del juicio ordinario civil promovido por García Bello José Luis, Viascan Cortes Luis Gabriel, Urbina Ocón José Antonio, Miranda Hernández Sergio y Ríos Roque Juan Carlos, en contra de la Asociación de jubilados de confianza de Teléfonos de México, A.C., y en la que estaban en juego la personalidad y vigencia de toda la mesa directiva de nuestro actual Consejo Directivo legalmente constituido, ya que no solamente pedían la nulidad sino también que se nos aplicara la cláusula de exclusión que está en nuestros estatutos. 

LA SENTENCIA RESUELVE (ver aquí la sentencia publicada):

PRIMERO.- Esta Juzgadora es competente para conocer y decidir sobre el presente juicio, en el que la VÍA ORDINARIA CIVIL resultó procedente, en la que, los coactores GARCIA BELLO JOSÉ LUIS, VIASCAN CORTES LUIS GABRIEL, URBINA OCON JOSÉ ANTONIO, MIRANDA HERNÁNDEZ SERGIO y RIOS ROQUE JUAN CARLOS acreditaron su acción; la demandada ASOCIACIÓN DE JUBILADOS DE CONFIANZA DE TELEFONOS DE MÉXICO, A.C. se constituyó en rebeldía, y los terceros llamados a juicio APOLINAR HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, MIGUEL ANGEL RAMÍREZ CERON, LAURA CRIOLLO FOLGUEIRA, LEONARDO DOMINGUEZ PEREZ, JESÚS LEÓN LOPEZ, GABRIEL HOYO ORTIZ, MARÍA DE LA LUZ ALMADA GONZALEZ, JOSÉ ELISEO GARCÍA FLORES e HILDA SUSANA HERNÁNDEZ DE LA CRUZ manifestaron lo que a sus intereses convinieron, en consecuencia:

SEGUNDO.- Se decreta judicialmente la nulidad absoluta de las convocatorias celebradas con fecha doce de junio de dos mil diecinueve, mediante la cual convocaba para la Asamblea Ordinaria de fecha veintiséis de junio del dos mil diecinueve para el Nombramiento de la Comisión Electoral Autónoma; la convocatoria del doce de julio del dos mil diecinueve, mediante la cual convocaba para las Asamblea Ordinaria de fecha treinta y uno de julio del dos mil diecinueve, para Obtener el Registro de Planillas de Aspirantes a ocupar puestos de la Directiva Nacional y el Comisariado; y, la convocatoria del doce de agosto del dos mil diecinueve, mediante la cual convocaba para la Asamblea Ordinaria de fecha veintiocho de agosto del dos mil diecinueve, para Informar del Proceso de Votación, todas ellas convocadas por APOLINAR HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ; como consecuencia, la nulidad de todos los actos tomados en las asambleas citadas de fechas veintiséis de junio, treinta y uno de julio y veintiocho de agosto todas del dos mil diecinueve; así también la nulidad absoluta de la convocatoria de fecha tres de septiembre del dos mil diecinueve que convocaba para Asamblea Extraordinaria de fecha veinticinco de septiembre del dos mil diecinueve, así como todos los actos que se llevaron a cabo en la misma; la cancelación de cualquier protocolización ante Fedatario Público Así como de inscripción de la Asamblea Extraordinaria de fecha veinticinco de septiembre del año en curso.

TERCERO.- No se hace especial condena al pago de las costas generadas en esta instancia.

CUARTO.- Notifíquese. ASÍ, definitivamente, juzgando lo resolvió y firma la C. Juez Décimo Primero de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Maestra en Derecho ALMA ANGELICA VAZQUEZ GONZALEZ, ante el C. Secretario de Acuerdos “B”, Licenciado Ignacio Bobadilla Cruz, que autoriza y da fe.

Por lo antes expuesto nuevamente la Ley nos da la razón y queda claro que nuestro actual Consejo Directivo Legalmente Constituido somos los que tenemos la representación legal de la Asociación de Jubilados de Confianza de Teléfonos de México, A.C. y no debe quedar ninguna duda que la voluntad y acuerdos expresados por los Asociados que la Asamblea del 30 de octubre del 2018 y posteriormente en las Asambleas Seccionales, es la que debe imperar y debe ser respetada en nuestra comunidad de Asociados, por esto mismo hago un llamado al C. Apolinar Hernández Hernández y al C. Humberto Antonio Bojorges Rodríguez hagan la rendición de cuentas ante el Ministerio Publico por la demanda Penal que también hemos fincado en su contra y de sus acciones que cada uno de ustedes tuvieron en sus actuaciones dentro de esta Asociación, así mismo hagan entrega de todos los bienes, documentos oficiales, expedientes y documentación de Asociados y bases de datos con toda su información y principalmente entreguen la CASA SEDE propiedad de nuestra Asociación.

Estimados Compañeros Jubilados agradecemos la atención a este comunicado que es de alta relevancia que ustedes lo conozcan y les participamos anticipadamente que tengan unas felices fiestas decembrinas para Navidad y Año Nuevo deseándoles que tengan mucha salud y cuídense mucho, quédense en casa que esta pandemia aún continúa.