Comisiones

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LAS COMISIONES tienen las obligaciones y facultades que el CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL les confiere, para coadyuvar con las funciones administrativas relacionadas con la atención de las necesidades de los Asociados en temas particulares y específicos como: revisión de los estatutos, reglamentos y procedimientos; análisis de amenazas contra los derechos de los Asociados; estudios de las condiciones de las pensiones; seguimiento al fideicomiso y otras que requieran atención especial por ser de interés de todos los Asociados. LAS COMISIONES son autónomas. Para cada sesión se nombra entre los miembros de la COMISIÓN un Secretario, quien se encarga de elaborar para el CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL un reporte con lo relacionado a sus actividades, conclusiones y recomendaciones y de ser necesario se pondrá a consideración en LA ASAMBLEA.