Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de Actas y Comunicación
- Coadyuvar en el cumplimiento del OBJETO SOCIAL de LA ASOCIACIÓN.
- Llevar registro y poner a resguardo los documentos oficiales de LA ASOCIACIÓN, igualmente de los que otorgan poderes y representación correspondientes del CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL y sus Integrantes; así como, de las minutas de las JUNTAS del CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL y de las actas de la ASAMBLEA GENERAL NACIONAL.
- Levantar las actas de las ASAMBLEAS NACIONALES, turnar copia al Comisario y enviar por correo o cualquier medio de comunicación a los DIRECTIVOS LOCALES. Así mismo garantizar su resguardo y asegurarse de que sean protocolizadas y registradas ante las dependencias correspondientes.
- Levantar las minutas de las Juntas del CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL, turnar copia a todos los participantes y al Comisario para dar seguimiento de los asuntos tratados.
- Publicar las convocatorias para LAS ASAMBLEAS GENERALES NACIONALES y para las Juntas del CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL.
- Asimismo, bajo la supervisión del Presidente del CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL será el encargado de recibir, dar trámite y registrar la emisión de todas las comunicaciones externas de cualquier carácter relacionadas con LA ASOCIACIÓN, lo anterior sin menoscabo de que tratándose de comunicaciones de carácter financiero o patrimonial intervendrá en las mismas la Tesorería.
- Coordinar las relaciones con representantes de Entidades externas y asesores externos.
- Administrar el contenido, la seguridad y el diseño de la Página de Internet de LA ASOCIACIÓN, así como de los medios de comunicación que se establezcan para la interacción con las representaciones locales.
- Las comunicaciones por escrito que emita LA ASOCIACIÓN deberán ser realizadas en papel membretado de la misma y contener la firma autógrafa o digital, en su caso, del Presidente o de quien él designe en su representación.
- Desempeñar las demás comisiones inherentes a sus funciones que el Presidente le encomiende.

